7 de agosto de 2015

¿Educación Social en las Instituciones Educativas? Pues si, y no lo digo yo...

El verano está siendo muy provechoso, hay tiempo para hacer un poco de todo. Estoy ultimando cosillas para este blog, que va a cobrar un sentido diferente a partir de septiembre por motivos que ya expondré. Pero hace tiempo que no escribo, y lo hago ahora para tratar otro tema poco recurrente en el blog.

Son muchos ciudadanos los que aún no entienden la faceta pluridimensional de la Educación Social e intentan que se lo simplifiquemos respondiendo a eso de "¿Pero tú entonces en dónde trabajarías?" o "¿Eso es para trabajar con gente excluida, no?". El perfil de profesionales de la Educación Social puede estar en infinidad de áreas, trabajar con muchísimos colectivos y, por supuesto, en varios ámbitos de la Educación. Bueno, en varios, en los tres: Formal, No Formal e Informal. Personalmente no es una clasificación que me guste, porque la Educación que no es reglada o académica se hace con mucha formalidad en tanto a estructura y objetivos de acción.

En esta entrada vamos a justificar por qué el Educador Social debe estar en los Centros Educativos, que ya lo está, pero usando una expresión rápida está "poco y mal", y si no que le pregunten a los que ya están en ella.

El 30 de Enero de 2006, la Comisión de Definición de Educación Social creada por la Asociación Estatal de Educación Social (ASEDES) hace público un Catálogo de Funciones y Competencias del Educador Social. Las competencias que se detallan en este documento son transversales, o sea, no solo son propias del Educador Social, son válidas para cualquier profesional, sea este del campo social o no. Estas son: competencia comunicativa (capacidad para expresarse de forma satisfactoria y para comprender distintos códigos referentes a los diferentes contextos socioculturales y profesionales), competencia relacional (capacidad de relacionarse con otras personas o grupos a través de una escucha activa y formas de expresión clara), capacidad de análisis y síntesis (capacidad para comprender las situaciones sociales y educativas, diferenciando los hechos que las componen, para establecer una visión de los diferentes elementos que entran en juego), capacidad crítico - reflexiva (capacidad para el estudio y la comprensión de los contextos sociales, políticos, económicos, educativos, así como de los significados, interpretaciones y acciones que se produce en ellos), competencia para la selección y gestión del conocimiento y la información (capacidad para seleccionar, en el continuo flujo de informaciones que producen nuestras sociedades, aquellas que resulten más relevantes y decisivas).

Ya que aquí no se encuentra nada que sea totalmente específico al educador social, se busca en las funciones del Educador Social. Tras la lectura de las funciones singulares y compartidas, se está en disposición de afirmar que todas ellas están relacionadas con la figura del Educador Social en los Contextos Reglados, como en cualquier otro ámbito, ya que el Educación Social es un profesional que debe tener las siguientes funciones siempre para realizar su labor de forma satisfactoria y eficaz. Estas son:

Funciones Singulares
Este grupo de funciones nos permiten dar cuenta de la acción socioeducativa como eje vertebrador y específico del educador social. Se corresponden con un campo de responsabilidad que da cuentas de nuestras formas de llevar a cabo la práctica.
  • Transmisión, desarrollo y promoción de la cultura. Es el campo de responsabilidad correspondiente a las acciones y actividades relacionadas con lo cultural en general y con finalidades tendentes a su recreación, puesta a disposición, aprendizajes a realizar y/o procesos de transmisión y adquisición en forma de bienes culturales que pueden configurarse en diferentes áreas de contenidos.
  • Generación de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales. Es el campo de responsabilidad que hace referencia a las acciones y actividades intencionadas que favorecen la aparición y consolidación de espacios y tiempos educativos (es decir, de situaciones favorecedoras de procesos individuales y grupales relacionados con las posibilidades de una mejora personal o social) en los diferentes contextos sociales.
  • Mediación social, cultural y educativa. Es el campo de responsabilidad que atiende al conjunto de acciones desarrolladas para enriquecer los procesos educativos individuales o colectivos a partir de acompañamientos, orientaciones y derivaciones que propician nuevos encuentros con elementos culturales, con otras personas o grupos y con otros lugares. La intención es facilitar las relaciones interpersonales, minimizar las situaciones de conflicto y propiciar nuevos itinerarios para el desarrollo personal, social y cultural.

Funciones Compartidas
Este grupo se corresponde con un campo de responsabilidad donde las acciones, actividades y tareas a desarrollar son equivalentes a las que realizan otros profesionales, sin olvidar que lo sustancial y la lógica que define a éstos se corresponden con otras especificidades.
  • Conocimiento y análisis de los contextos sociales  y educativos. Campo de responsabilidad que hace referencia al conocimiento de las dinámicas institucionales y los contextos sociales en sus dimensiones macro, meso y micro relacionados con el desenvolvimiento de un sujeto de derecho.
  • Diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos educativos. Campo de responsabilidad que hace referencia a acciones, actividades y tareas relacionadas tanto en instituciones como con programas, proyectos y actividades.
  • Gestión, dirección, coordinación y organización de instituciones y recursos educativos. Campo de responsabilidad que comprende acciones y actividades relacionadas con una finalidad socioeducativa.
La conclusiones que podemos sacar es que la Educación Social, por su evidente carácter pedagógico, debe estar totalmente vinculada a la Educación en Contextos Reglados y así servir de forma complementaria a otras figuras predominantes y formalizadas en estas instituciones como son docentes, psicólogo y orientadores para así conseguir una Educación integral. De lo que hace y puede hacer (que son dos cuestiones distintas) ya hablamos en otra ocasión.

2 comentarios:

  1. Totalmente de acuerdo!!
    Nuestra función va mas allá de ser intrusos dentro de la educación reglada. Nuestra función es trabajar de forma conjunta con todos aquellos que tienen que ver con la educación del niño. Mediar, acompañar, hacer de nexo entre familia y centro escolar...

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    1. Exacto Anruni, tenemos mucho que hacer por nuestra profesión ya que todo aquel logro a nivel profesional será un avance social. Si gran parte de nuestro campo está en la prevención, tendremos que empezar por los centros educativos.

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